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Preguntas Frecuentes

Estas son algunas de las preguntas más frecuentes.
 
 
P1: ¿Tengo que ayunar antes de mis pruebas de sangre?
 
R1. Debe ayunar si su médico le ordenó una prueba en ayunas. Esto significa que no puede comer nada y solo puede tomar agua pura de 12 a 14 horas antes de su prueba. A menos que su médico indique lo contrario, debe continuar tomando sus medicamentos. Algunas pruebas comunes en ayuno incluyen: glucosa en ayunas, perfil de lípidos en ayunas, perfil metabólico en ayunas, colesterol en ayunas, HDL o triglicéridos. Si no está seguro de si debe o no ayunar, comuníquese con su proveedor de atención médica.
 
P2. ¿Cuánto tiempo debo ayunar?
 
R2. Si su médico no le dijo por cuánto tiempo debe ayunar, no debe comer nada y solo tomar agua pura durante aproximadamente 12 a 14 horas antes de la prueba.
 
P3. No ayuné para una prueba en ayunas. ¿Me pueden extraer sangre de todas maneras? 
 
R3. Debido a que lo que come o bebe puede influir los resultados de ciertas pruebas, preferimos que no le extraigan sangre si se ordenaron pruebas en ayunas.
 
P4. ¿Puedo tomar café si voy a someter a una prueba en ayunas?
 
R4. No, solo puede tomar agua pura durante 12 a 14 horas antes de una prueba en ayunas o durante el período de tiempo que le indicó su proveedor de atención médica.
 
P5. ¿Cómo puedo saber más sobre las pruebas de laboratorio? 
 
R5. Siempre se recomienda que hable con su proveedor de atención médica con relación a sus pruebas y al resultado de las mismas. En el siguiente sitio web puede encontrar información útil sobre las pruebas de laboratorio:
 
 
P6. ¿Necesito una cita para las pruebas de laboratorio?
 
R6. No, no necesita hacer una cita. 
 
P7. ¿Qué necesito llevar al Centro de servicio para pacientes para mi muestra de sangre?
 
R7. Lleve su tarjeta del seguro, su identificación con fotografía y la orden del médico para sus pruebas de laboratorio.
 
P8. ¿Puedo obtener una copia de los resultados de mis pruebas directamente del laboratorio? 
 
R8. Sí, sin embargo, de acuerdo con la ley estatal de California, primero debe obtener la autorización de su proveedor de atención médica para que el laboratorio se los entregue a usted directamente. También puede solicitar copias directamente a su proveedor de atención médica.
 
Observe la siguiente explicación:  
 
El acceso directo del paciente a los resultados de las pruebas de laboratorio está regulado por dos leyes federales: (1) las Enmiendas para Mejoras de Laboratorio Clínico de 1988 (CLIA), que regulan todas las pruebas clínicas de laboratorio realizadas en seres humanos y (2) la Regla de Privacidad de la Ley de Responsabilidad y Portabilidad del Seguro Médico (HIPAA), que exime a los laboratorios de CLIA de proporcionar los resultados de las pruebas de laboratorio directamente a los pacientes a menos que los estados lo permitan. De conformidad con CLIA, un laboratorio puede revelar los resultados de las pruebas de los pacientes solo a (1) el laboratorio que refiere, (2) una persona responsable por el uso de los resultados de las pruebas en el contexto del tratamiento o (3) una "persona autorizada". Los estados pueden definir una “persona autorizada” como un proveedor de atención médica, un paciente o ambos.
 
La ley del estado de California, bajo el código Comercial y Profesional de California §1288 requiere que cualquier persona que dirija o administre un laboratorio clínico pueda aceptar únicamente asignaciones de pruebas solo de y únicamente preparar informes a personas autorizadas bajo las disposiciones de la ley relativas a las artes de la curación o sus representantes.